Inventario de Gases de Efecto Invernadero

Desde la implantación del inventario de gases de efecto invernadero1, que tuvo lugar en el 2008, Abengoa exige a todos sus proveedores el reporte de las emisiones imputables a los productos y servicios adquiridos por ella, de modo que estos tienen la obligación de proporcionar las emisiones asociadas a cada pedido que haga la organización.


Con objeto de facilitar la adaptación de todos los proveedores a las nuevas condiciones de compra, se habilita un periodo de transición, para aquellos que en un primer momento no estén en condiciones de informar sobre sus emisiones, en el que se comprometen por escrito a implantar un sistema de notificación de las mismas. El periodo de transición tiene una duración máxima de seis meses, tras los cuales se excluyen como proveedores de Abengoa a aquellos que no hayan proporcionado sus emisiones o que no se comprometan a implantar un sistema de notificación, salvo algunas excepciones que requieren una autorización especial, en cuyo caso, las sociedades afectadas están obligadas a calcular la estimación de las emisiones derivadas del suministro.

 7.4

 

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